SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2016-S1

Fecha: 11-Mar-2016

II.3.

II.3.    El 31 de agosto, 8 de octubre y 4 de noviembre de 2015, Víctor Hugo Aguilar Ishy y René Máximo Íñiguez Vargas, reiteradamente solicitaron a la Jueza de la causa, realizar el control jurisdiccional respecto a las investigaciones preliminares; dado que el plazo establecido por ley de veinte días estaba concluido; consecuentemente, se efectuaron las siguientes providencias: 1) Estese a los datos del proceso; 2) Con carácter previo notifíquese al representante del Ministerio Público con la providencia de 12 de agosto de 2015; y, 3) Estése a decreto de 12 de octubre del citado año, disponiéndose lo que fuere en derecho (fs. 11 a 16 vta.); en este contexto y por las respuestas de aclaración emitidas por la parte accionante en audiencia, se verificó que no se efectuó ningún tipo de impugnación en contra de las resoluciones emitidas por la Jueza ahora demandada (fs. 27).