SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

II.1.

II.1.  Contrato de alquiler suscrito entre Cristian Rodríguez Mercado en su condición de poseedor y Rodrigo Serapio Rojas Llanos y Sharon Poma Gutiérrez en calidad de inquilinos, de un garzonear (un cuarto, cocina y baño) por el precio libremente convenido de Bs900.- (novecientos bolivianos) no facturable, que deberá ser pagado por adelantado del 1 al 5 de cada mes, más una garantía de Bs1 800.- (un mil ochocientos bolivianos) al ingresar al inmueble; asimismo, acordaron que en caso que los inquilinos tengan un retraso en el pago de alquiler de dos meses como máximo asumen la responsabilidad de “desalojar” la propiedad de manera explícita; la duración del contrato de alquiler era de seis meses, plazo que corrió a partir del viernes 1 de mayo de 2015; y, en la cláusula séptima se tiene que el inquilino entregó la suma de Bs1 100 (un mil cien bolivianos) por concepto de garantía por el alquiler comprometiéndose a realizar la entrega de los Bs700.- (setecientos bolivianos ) (fs. 2 a 3).