SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

II.4.

II.4.  La parte accionante, por carta de 5 de junio de 2015, dirigida a Cristian Rodríguez Mercado, expresó que cumplió con el pago de alquiler y también entregó un monto de dinero como garantía, pero, no le emitió “Factura Fiscal” (sic), del mes de mayo; por lo que no pudiese “desalojarle” porque no hay causa ni fundamento alguno, ya que, las causales para ello están establecidas en el art. 623 del Código de Procedimiento Civil (CPC), además que sólo por orden de autoridad judicial puede proceder a “desalojar” a los inquilinos, y que el contrato debe ser cumplido (fs.9 a 11)