SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2016-S3

Fecha: 08-Mar-2016

concedió

La Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 93 de 23 de octubre de 2015, cursante de fs. 271 a 276 vta., concedió la tutela solicitada, determinando la desocupación y la entrega del lote de terrero en litigio por parte de los accionantes, con condenación de daños y perjuicios, únicamente en lo concerniente a las medidas de hecho, en base a los siguientes fundamentos: a) La accionante demostró que los demandados ingresaron al terreno mediante vías o medidas de hecho, contraviniendo órdenes judiciales; b) Respecto a la falta de legitimación pasiva de Zaida Orellana Aguilar, para lo cual se adjuntó un billete electrónico de viaje hacia la República de Argentina, en el mismo se consignó como fecha de vuelo el 19 de junio de 2015, y el día de los hechos fue el 18 del mismo mes y año, en razón de ello no se encuentra desvirtuada su falta de legitimación pasiva; y, c) Sobre la afirmación de que no se agotó el principio de subsidiariedad alegada por los demandados, aclara que esta acción de amparo constitucional no fue sustanciada contra resoluciones judiciales, sino que sus límites están fijadas en la determinación de la existencia de las medidas de hecho asumidas, en razón a ello no corresponde analizar si la determinación del Juez Octavo de Instrucción en lo Civil del departamento de Cochabamba, podía o no ser impugnada.