SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

II.2.

II.2. El 12 de agosto de 2015, Julio Miguel Da Silva Becerra, Notario de Fe Pública de Primera Clase del Municipio de Cobija del departamento Pando, notificó al accionante con carta notariada emitida por Martha Mamani De La Barra, comunicándole el desalojo del inmueble habitado por el referido, otorgándole al efecto el plazo de treinta días, dentro de los cuales se irían haciendo mejoras en la vivienda, indicándole que tome las previsiones del caso para no interferir, ni perjudicar en las mismas (fs. 18 a 19).