Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2016-S1
Fecha: 31-Mar-2016
II.3.
II.3. Mediante Auto Supremo 234/2012 de 17 de agosto, la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, resolvió declarar infundados los recursos de casación de los procesados, entre ellos, el de Gilberto Phillco Gómez; siendo el expediente remitido al distrito de origen por oficio 304/2012 SPL-TDJ de 27 de septiembre (fs. 10 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3. Jurisprudencia reiterada sobre el principio de inmediatez, presupuesto constitucional de inexcusable cumplimiento, que reviste a la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16