SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2016–S1
Fecha: 31-Mar-2016
a)
El accionante, a través de su representante, ratificó el contenido de la acción constitucional planteada, ampliándola con los siguientes argumentos: a) El Fiscal de Materia, realizó la imputación formal por el presunto delito de homicidio, en base a la declaración informativa efectuada por el accionante el 10 de noviembre de 2015, misma que fue prestada en calidad de testigo, acta que no lleva firma del Fiscal de Materia, ni de un abogado, vulnerando lo señalado por los arts. 94 y 169 del CPP, pretendiendo dicha autoridad corregir tal ilegalidad con una segunda declaración informativa del accionante de 11 de igual mes y año, en la cual no estableció el tiempo, lugar, ni la forma en la que sucedió el hecho al momento de preguntarle si declararía o se acogería a el derecho al silencio, además de no haber señalado en qué calidad se le tomó dicha declaración, vulnerando el art. 92 del Código señalado y su derecho a ser escuchado; b) La Jueza demandada al resolver su detención preventiva, mediante Resolución 457/2015 de 12 de noviembre, lo hizo en razón a que existió con probabilidad la autoría de los imputados en el supuesto delito, como también en virtud a los riesgos procesales; es así que, en el primer supuesto, para fundamentar el mencionado fallo, dicha autoridad se basó en la imputación formal y en las declaraciones preliminares de los acusados del 10 de noviembre de 2015, que no tienen firma del Fiscal de Materia, ni de un abogado; en consecuencia no prestó ninguna declaración al haberse acogido a el derecho al silencio, tal cual consta en el acta de 11 de noviembre de igual año, por lo que, la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, no puede respaldarse en el actuado que fue realizado sin los requisitos exigidos, debiendo otorgarse la tutela, al haberse atentado los derechos a ser protegido en forma oportuna, a ser oído por una autoridad, ya que no fue escuchado hasta el momento de haber planteado la presente acción.