SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 334/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 334/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

i)

Tito Ramiro Romero Cardozo, en audiencia manifestó lo siguiente: i) Raúl Veliz Jira, Rolando Yanerico, Mauro Vásquez, Nancy Reynolds y el  padre Ignacio Zalles, fundaron el “Centro Bibliográfico de Apoyo al Ciego (CEBAC)” paralelamente el “Centro de Rehabilitación de Educación Especial”, pasados unos años el “CEBAC” traspasó todo al Arzobispado para lograr mejoras en la infraestructura, desde el 2001 hasta el 2010 no se efectuó adelanto ni traspaso y tampoco el arzobispado construyó ni siquiera un aula, además empezaron a cobrarse pensiones; ii) Al haberse realizado la transición se entendía que el arzobispado debió haber disuelto el “CEBAC” y cumplir los estatutos y reglamentos de traspaso, así como  tramitar la transferencia del inmueble y los muebles, empero, el 2010 Cristina Rodríguez entregó notas manifestando que la entidad no se podía hacer cargo de los menores; iii) El 16 de diciembre de 2014, los padres fueron convocados al arzobispado donde fueron informados que la institución ya no tenía fondos, luego  averiguaron que no se realizó ningún cambio ni disolución y que la personería jurídica del “CEBAC” se encontraba aún vigente; por lo que, el arzobispado no era dueño de la infraestructura sino el “CEBAC” y uno de los demandados; y,           iv) Habiéndose aclarado que “FAPIZ” no era titular del inmueble, el Director Distrital de Educación indicó que debía desalojarlos del edificio.