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    AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2016-CA

    Fecha: 04-Abr-2016

    a)

    El recurrente solicita: a) Se deje sin efecto la RA de Oficialía 34/2014 de 6 de marzo, e invalidar todo lo emergente de ésta; b) Anular el proceso sancionatorio seguido contra la empresa “GRAFTEC Ltda.”, debiendo archivarse obrados; y, c) Disponer que el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, adecúe su normativa a la legalidad.

    • recurso directo de nulidad
    • I.1. Síntesis del recurso
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • a)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
    • II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad
    • Por lo expuesto, corresponde unificar al juez natural y su tutela a través de la acción de amparo constitucional de forma que en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad,
    • II.
    • Supuestas infracciones al debido proceso
    • GRAFTEC Ltda
    • IMPROCEDENCIA

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