Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2016-CA
Fecha: 22-Abr-2016
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución 77/2016 de 5 de abril, cursante de fs. 44 a 46 vta., pronunciada por el Tribunal Quinto de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz.
- el Tribunal Quinto de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL RECURSO
- rechazo
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado.
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR