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    AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0095/2016-CA

    Fecha: 27-Abr-2016

    Fragmento 7

    Asimismo, el art. 79 del CPCo dispone: “(LEGITIMACIÓN ACTIVA). Tienen legitimación activa para interponer Acción de Inconstitucionalidad Concreta, la Jueza, Juez, Tribunal o Autoridad Administrativa que, de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción” (las negrillas fueron agregadas).

    • Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia
    • a)
    • rechazar
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.1.  Atribución de la Comisión de Admisión de este Tribunal
    • cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes,
    • Fragmento 7
    • 0183/2006-CA
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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