AUTO CONSTITUCIONAL 0104/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0104/2016-RCA

Fecha: 22-Abr-2016

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 7 de marzo de 2016, cursante de fs. 172 a 183, el  Director Ejecutivo de la ATT, manifestó que, el ente regulador y fiscalizador de la actividad de los operadores de telecomunicaciones, otorgó contrato de concesión a la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz (COTEL) Ltda., para la prestación de servicio locales.

Refirió que la extinta Superintendencia de Telecomunicaciones (SITTEL), en el proceso de evaluación sobre el cumplimiento de metas, pronuncio la Resolución Administrativa Regulatoria 2005/1184 de 22 de julio de 2005, resolviendo notificar a COTEL Ltda., con las presuntas infracciones contractuales de incumplimiento de las metas de los servicios local de telecomunicaciones y teléfonos públicos correspondientes a las gestiones 2002- 2003, otorgándole el plazo de diez días para su descargo.

La entonces SITTEL, dentro del proceso sancionador emitió la Resolución Administrativa Regulatoria 2007/2620 de 7 de septiembre de 2007, imponiendo a COTEL Ltda., la multa de Bs69 695 000.- (Sesenta y nueve millones seiscientos noventa y cinco mil 00/100 bolivianos), por el incumplimiento en el logro de la meta de expansión “tiempo máximo de espera para conexión” del servicio local correspondiente a las gestiones 2002-2003, que fue impugnada por el recurso de revocatoria y jerárquico.

El Director Ejecutivo de la ATT, mediante la Resolución Administrativa Regulatoria TL 0315/2010 de 3 de mayo, rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por COTEL Ltda., en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria 2007/2620, que fue impugnado mediante recurso jerárquico y resuelto por la Resolución Ministerial (RM) 09 de 14 de enero de 2011, que revocó la Resolución Administrativa Regulatoria TL 0315/2010, disponiendo se emita un nuevo acto administrativo. Cumpliendo lo dispuesto se pronunció la Resolución Administrativa Regulatoria TL 0167/2011 de 25 de febrero, emitida por el Director ejecutivo de la ATT, rechazando el recurso de revocatoria contra la Resolución Administrativa Regulatoria 2007/2620, confirmando en su integridad dicho acto.

Agotada la vía administrativa COTEL Ltda., formuló proceso contencioso administrativo contra la RM 310, que concluyó con la emisión de la Sentencia 620/2015 de 10 de diciembre, pronunciada por los Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró probada en parte la demanda dejando sin efecto la Resolución señalada, ordenando al Ministerio de Obras Públicas Servicios y Vivienda emitir un nuevo acto administrativo, en el que se excluya la sanción aplicada para la gestión 2002, por encontrarse prescrita, debiendo calificarse la sanción de la gestión 2003, en aplicación al principio de proporcionalidad; señalando la entidad accionante que la ATT, jamás fue notificada con el citado proceso como tercero interesado para que pueda precautelar sus intereses y derechos constitucionales.