AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2016-RCA

Fecha: 22-Abr-2016

Fragmento 16

En ese entendido, de los fundamentos jurídicos esgrimidos dentro del presente Auto, se advierte que la acción de amparo constitucional, no puede utilizarse como mecanismo de protección ordinario, menos de revisión de hechos que corresponden a los tribunales en la vía ordinaria, debido justamente a su carácter extraordinario, amerita que se cumplan tales requisitos para concluir una adecuada petición, no siendo suficiente la exposición de los hechos y la indicación de los derechos, sino la relación de causalidad entre ambos; por lo que, se evidencia en el presente caso tal prescindencia explicativa sobre todo, con relación a lo que debió pedir la accionante, no habiendo cumplido la misma con los presupuestos y requisitos esenciales de admisión en previsión del art. 33.4, 5 y 8 del CPCo.