Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0110/2016-RCA
Fecha: 27-Abr-2016
I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El accionante considera vulnerados sus derechos al debido proceso en su elemento derecho al juez natural competente; a la defensa, a la garantía de reserva legal, y a la seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 109.I, 115.II, 119.I y II, 120.I, 178.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1, 8.2 inc. d) y e) de la Convención Americana de Derechos Humanos.