Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2016-RCA
Fecha: 28-Abr-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 27 de enero de 2016, cursante a fs. 115 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Benita Ichuta Ichuta contra Félix Nicanor Callisaya Bautista, Secretario General; David Atahuichi Quispe y Ever Guarachi Choque, miembros del Consejo Universitario; y, Eugenio Huaricallo Colque, Director a.i. de la Dirección de Interacción Social, Bienestar Estudiantil y Deportes, todos de la Universidad Pública de El Alto (UPEA).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- Rechazo “in límine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- debe agotar todos los recursos ordinarios que la ley le franquea; dado que no corresponde a la justicia constitucional pronunciarse sobre aspectos que deben ser considerados y en su caso reparados en las vías
- CONFIRMAR