Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2016-RCA
Fecha: 28-Abr-2016
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 27 de enero de 2016, cursante a fs. 115 y vta., pronunciada por el Juez Primero de Partido Civil y Comercial de El Alto en suplencia legal del titular del Juzgado de Partido Civil y Comercial Sexto de la misma ciudad, ambos del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- Rechazo “in límine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- debe agotar todos los recursos ordinarios que la ley le franquea; dado que no corresponde a la justicia constitucional pronunciarse sobre aspectos que deben ser considerados y en su caso reparados en las vías
- CONFIRMAR