Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2016-RCA
Fecha: 28-Abr-2016
I.5. Síntesis de la impugnación
La accionante manifiesta que el Juez de garantías, indicó que no habría acudido ante el Consejo Universitario como ente rector de la UPEA; sin embargo, al memorial de demanda adjuntó las resoluciones que atentaron contra sus derechos como la Resolución 026/2015 de 13 de marzo, emanada por dicho Consejo, misma que directamente se relaciona con el Informe DISBED/EHC/004/2015 de 27 de julio y las notas “114/15 y 152/15”. Habiendo agotado todos los posibles medios de defensa o recursos ordinarios o extraordinarios e impugnado paso a paso todas las disposiciones dictadas por las respectivas autoridades de la UPEA que tienen que ver con la extensión del beneficio de la beca comedor.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- Rechazo “in límine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- debe agotar todos los recursos ordinarios que la ley le franquea; dado que no corresponde a la justicia constitucional pronunciarse sobre aspectos que deben ser considerados y en su caso reparados en las vías
- CONFIRMAR