DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2016
Fecha: 05-Abr-2016
I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Mediante decreto constitucional de 8 de diciembre de 2015 (fs. 403) y habiendo salvado las observaciones planteadas, se dispuso la remisión de antecedentes ante el Magistrado Relator a objeto de proceder a un nuevo control previo de constitucionalidad del proyecto de Carta Orgánica considerando las modificaciones y adecuaciones realizadas por el estatuyente.
Habiéndose solicitado información complementaria, mediante decreto constitucional de 15 de febrero de 2016, cursante a fs. 405, se suspendió el plazo para la emisión de la declaración, el cual fue reanudado con la notificación del decreto de 5 de abril del mismo año, cursante en obrados, por lo que la presente Declaración Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro de plazo.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1.
- II.2.
- asumidas”
- se declara la incompatibilidad con el término:
- En relación al parágrafo I,
- En relación al parágrafo II,
- En relación al parágrafo III,
- I.
- Artículo 11. DERECHOS DE LOS HABITANTES.
- Control previo de constitucionalidad
- 5
- Fragmento 15