SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2016-S2
Fecha: 01-Abr-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 18 de junio de 2014, prestó su declaración informativa dentro del caso 310/14, iniciado a querella de Patricia Virginia Encinas Linares, a pesar de no tener ningún negocio con dicha persona, pues como legítima propietaria junto a su fallecida madre de un bien inmueble debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.), transfirió en calidad de venta el referido inmueble, a favor de Lourdes Magne Rojas.
Así, prestada su declaración informativa y considerando que no existía razón ni prueba para que sea formulada una acusación formal, presentó el 3 de septiembre de 2015 un escrito, solicitando su sobreseimiento; sin embargo, en un claro ejemplo de abuso de poder, la autoridad ahora demandada no se pronuncia desde hace tres meses respecto de lo pedido; y, pretendiendo ordenar su detención, la citó a una declaración para la que no existe razón que la justifique, sino ordenar su detención.