Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0320/2016-S2
Fecha: 01-Abr-2016
II.3.
II.3. El 7 de diciembre de 2015, el ahora accionante presento memorial solicitando la protección inmediata del derecho a la vida de BB, el 8 del mismo mes y año, la Jueza demandada solicitó que se oficie según lo solicitado y se corra en traslado a la Dajmara Solange Spang Cabrera (fs. 25 a 29 vta.).
- el 7 de diciembre de 2015
- a)
- denegó
- II.3.
- 7 de diciembre del 2015
- y finalmente el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho que constituye una de las formas de acciones de libertad, que tiene por objeto, asegurar que toda petición relacionada con los derechos a la vida y a la libertad, sea atendida con la mayor celeridad posible’
- III.2. Sobre la protección constitucional de los derechos de la niñez y adolescencia
- Fragmento 8
- el 7 de diciembre de 2015, pidiendo