Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2016-S2
Fecha: 18-Abr-2016
II.3.
II.3. Consta el memorial de apelación de 27 de octubre de 2015, donde de manera expresa demanda la errónea interpretación de la SCP “596/2015” referido a la duración de la medida cautelar, asimismo el art. 239.3 del CPP modificado por la Ley 586 para agilizar los procesos penales, pues debió haberse diferenciado la conjunción disyuntiva de la letra o con la conjunción copulativa de la letra y, razón por la cual no se habría interpretado correctamente el artículo mencionado (fs. 58 a 60).