SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0364/2016-S2
Fecha: 25-Abr-2016
concedió
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 14 de enero de 2016, cursante de fs. 35 a 37, concedió la tutela solicitada disponiendo que la autoridad demandada una vez cumplida la verificación y revisión de Kardex ejecute el mandamiento de libertad de manera inmediata en el día evitando continúe la privación de los accionantes, con los siguientes fundamentos: 1) Se establece la existencia de un proceso penal en investigación contra los accionantes por la presunta comisión del delito de asesinato tramitado en el Juzgado de Instrucción Mixto, cautelar y liquidador de Ivirgarzama, el cual ordenó la detención preventiva de los imputados; mediante memorial solicitaron la cesación, siendo concedida por Auto de Vista de 6 de enero de 2016, modificando su fianza para que se dé cumplimiento; el 13 de ese mes y año se expidió el mandamiento de libertad a favor de ellos; 2) Se ordenó la notificación al Director del Centro de Rehabilitación San Sebastián de Cochabamba con el mandamiento de libertad siendo notificado el Director en la fecha antes citada; 3) En audiencia expresó que recién tomó conocimiento a horas 18:00, ordenando al funcionario policial realice la respectiva verificación; 4) La disposición legal de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión estable en su art. 39 que: “debe ser ejecutado en el día” (sic) no siendo cumplido en la fecha, toda vez que hasta la audiencia de libertad continúan con detención preventiva, vulnerando el principio de celeridad; y, 5) Los accionantes se encuentran en el recinto penitenciario aguardando la verificación no obstante la existencia de otros mecanismos previstos con el propósito de hacer cumplir la jurisprudencia constitucional.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- a)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- III.2. Marco normativo referente a las responsabilidades y funciones del personal de recintos penitenciarios en la ejecución de mandamientos de libertad
- los encargados de las prisiones a momento de recibir un mandamiento de libertad emanado de autoridad competente, están obligados a su cumplimiento inmediato, para no vulnerar los derechos y garantías del detenido; empero, deberán analizar también, de manera inmediata y sin que ello origine una demora indebida: a) Si existen o no otros mandamientos contra el imputado; y, b) Determinar si el mandamiento de libertad presentado es auténtico, para lo cual deberán solicitar sin dilación alguna la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mismo. Reglas que no son limitativas, pues al margen de velar porque se respeten los derechos y garantías del detenido, tienen también la alta responsabilidad que les asigna la ley, de evitar que el interno que estuviese detenido por orden de otras autoridades se evada, burlando a la justicia, lo que le generaría igualmente responsabilidad. En ese sentido la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en la SC 0323/2003-R de 17 de marzo, ha señalado que: «…el art. 39 de la LEPS, cuando señala que el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno, se refiere a que el detenido con la sola presentación del mandamiento será dejado en libertad, empero, resulta implícito el deber jurídico que recae sobre la Gobernación de la cárcel, de tomar las debidas previsiones para evitar que alguien pueda ser puesto en libertad teniendo otros mandamientos pendientes o que el mandamiento de libertad pueda contener alguna falsedad material o ideológica, lo cual le impele a tener que verificar y solicitar la información pertinente y revisar previamente los registros antes de dar curso al mandamiento…
- ambos ilegalmente detenidos
- CONFIRMAR en todo