SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2016-S1

Fecha: 07-Abr-2016

y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad

Con relación a la tutela que brinda este alto Tribunal respecto a la inamovilidad por la causal señalada, la SCP 0059/2015-S1 de 10 de febrero, señala: “El art. 48.VI de la CPE, señala: ‘Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su estado civil, situación de embarazo, edad, rasgos físicos o número de hijas o hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad’ (negrillas agregadas).