SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0398/2016-S1

Fecha: 07-Abr-2016

concedió

El Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 14/2015 de 23 de diciembre, cursante de    fs. 174 a 176, concedió la tutela solicitada, disponiendo la suspensión del mandamiento de aprehensión mientras dure el receso del Tribunal Permanente de Justicia Militar, bajo los siguientes fundamentos: a) El impetrante de tutela, planteó “una acción de libertad ante el Juzgado Segundo de Sentencia en lo Penal del departamento de La Paz, con los mismos argumentos planteados ante este Tribunal” (sic), en la cual se denegó la tutela por considerar que no existió una persecución indebida; b) Pese a la línea jurisprudencial que establece el principio de subsidiariedad, se tomó en cuenta el informe emitido por el Presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar, que señaló que están en receso judicial;    c) El accionante ante la emisión del mandamiento de aprehensión debió comparecer voluntariamente ante dicho Tribunal Militar y en virtud al art. 91 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pagar las costas procesales por la rebeldía; por tanto, analizando el estado actual en el que se pretende ejecutar el mandamiento de aprehensión, cuando el Tribunal Permanente de Justicia Militar se encuentra en receso judicial, se adecúa la presente acción de libertad, ya que el objeto de ejecutar un mandamiento de aprehensión a un sujeto declarado rebelde es ponerlo a disposición de la autoridad competente, de ser aprehendido se estaría vulnerando su derecho al debido proceso, la inmediación, contradicción y al juez natural.