Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2016-S1
Fecha: 13-Abr-2016
II.2.
II.2. Memorándum de designación de 2 de enero de 2014, por el que se designó a Faviola Pérez Batte, como personal eventual de apoyo del programa de fortalecimiento a la Gestión Municipal dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija del departamento de Pando, hasta el 31 de diciembre de 2014 (fs. 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- denegó
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure
- cuando desaparece el objeto del recurso, por haberse superado el hecho reclamado, el recurso debe ser denegado…
- dada la naturaleza de la misma, corresponde a este Tribunal aceptar el desistimiento o retiro sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada;
- III
- CONFIRMAR