AUTO CONSTITUCIONAL 0146/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0146/2016-RCA

Fecha: 27-May-2016

a),

Del análisis y revisión de la presente acción de amparo constitucional de acuerdo a la problemática planteada por las accionantes en su demanda (fs. 65 a 70) respecto a la decisión precedente, la Comisión de Admisión; advirtió, que efectivamente no ha sido identificado el acto lesivo del cual presumen ciertas omisiones indebidas que estuvieran contempladas en la referida ley y la Constitución Política del Estado; asimismo, corresponde ingresar además a la primera observación a), habida cuenta que está pendiente y ameritaba ser resuelta por la Jueza de garantías, acudiendo al contenido del memorial de subsanación (fs. 123 a 125) de su tenor se desprende no haberse subsanado por cuanto no son perceptibles los requeridos argumentos fácticos de la vulneración de derechos respecto a la determinación de Sala Plena de 9 de septiembre de 2015, ante evidente incumplimiento no corresponde la admisión de la presente acción de defensa, al no haberse observado la previsión del art. 33.5 del CPCo.