Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2016-RCA
Fecha: 31-May-2016
Fragmento 6
La SCP 1712/2013 de 10 de octubre, citando a la SCP 0138/2012 de 4 de mayo, precisó que: ‘‘…con la resolución de reincorporación por parte del Ministerio de trabajo se acaba con la vía administrativa, pudiendo acudir el trabajador ante la justicia ordinaria, siendo dicha opción optativa del trabajador antes de acudir a la vía constitucional, toda vez que, conforme la jurisprudencia constitucional, una vez agotada la vía administrativa, no se necesita agotar también la vía ordinaria, para acudir a la jurisdicción constitucional ya que la vía administrativa y la ordinaria son dos vías diferentes’
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 2
- I.4. Resolución del
- I.
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.2. La reincorporación laboral en la vía administrativa
- las partes tengan acceso a una segunda instancia administrativa en reclamo de la conminatoria a la reincorporación, sin perjuicio de la vía judicial
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.4.
- Fragmento 11
- Fragmento 12