AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2016-RCA
Fecha: 31-May-2016
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 19 de abril de 2016, cursante de fs. 9 a 16, el accionante manifestó que a raiz de un primer, segundo y tercer contrato, presto servicios de Operador de GLP II, con el nivel salarial 25 en YPFB-Corporación, todos con sede en la ciudad de Beni; y a partir del 30 de noviembre 2015, se le designo en comisión a la ciudad de El Alto del departamento de La Paz, hasta el 11 de diciembre del mismo año, ampliándose hasta la conclusión del objetivo.
Agregó que, intempestivamente se le ordeno retornar a Beni, a efecto que se le notifique con el nuevo contrato, sin proporcionarle los recursos necesarios para regresar, el que estaría vigente desde el 11 de enero de 2016, con destino en Montenegro, sin haber tomado en cuenta que los anteriores tres contratos tenía como asiento la señalada ciudad; por lo que, consideró vulnerado sus derechos.
Indicó que, este hecho fue denunciado el 7 de enero de 2016, ante la Jefatura Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Beni, contra el Presidente a.i., de YPFB-Corporación, solicitando su reincorporación a su fuente laboral; al efecto se señaló audiencias para el 11 y 15 de igual mes y año, que fueron suspendidas, posteriormente el 21 del mismo mes y año, se realizó la misma con Gabriel Moisés Palenque Dencker en representación del Ejecutivo a.i. de YPFB-Corporación, imprimiéndose el trámite administrativo en el que no se arribó a una conciliación; motivo por el cual, el Jefe Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Beni emitió la Conminatoria de Reincorporación 005-A/2016 de 25 de enero, ordenando la inmediata reincorporación del accionante al cargo que ocupaba con sede en la ciudad de Beni, además, del pago de derechos laborales actualizados, la que fue comunicada el 24 de febrero de ese año, a YPFB, y se encuentra incumplida hasta la fecha.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 2
- I.4. Resolución del
- I.
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.2. La reincorporación laboral en la vía administrativa
- las partes tengan acceso a una segunda instancia administrativa en reclamo de la conminatoria a la reincorporación, sin perjuicio de la vía judicial
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.4.
- Fragmento 11
- Fragmento 12