AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2016-RCA
Fecha: 31-May-2016
las partes tengan acceso a una segunda instancia administrativa en reclamo de la conminatoria a la reincorporación, sin perjuicio de la vía judicial
Por su parte la SCP 0591/2012 de 20 de julio, permitió la posibilidad de impugnación de la decisión de conminatoria, señalando lo siguiente: "…cuando el DS 0495 y la RM 868/10, disponen una única instancia para resolver administrativamente la reincorporación del trabajador, cuando afectan el derecho al debido proceso en su elemento de acceso a una segunda instancia, de las partes que acceden a este mecanismo de resolución de conflictos, que pueden ser el trabajador como el empleador, debiendo por ello expulsarlas del ordenamiento jurídico, para que en aplicación del debido proceso consagrado por el art. 115.II de la CPE, las partes tengan acceso a una segunda instancia administrativa en reclamo de la conminatoria a la reincorporación, sin perjuicio de la vía judicial…" (las negrillas y el subrayado nos corresponde)
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 2
- I.4. Resolución del
- I.
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.2. La reincorporación laboral en la vía administrativa
- las partes tengan acceso a una segunda instancia administrativa en reclamo de la conminatoria a la reincorporación, sin perjuicio de la vía judicial
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.4.
- Fragmento 11
- Fragmento 12