Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0410/2016-S2
Fecha: 03-May-2016
II.3.
II.3. Por memorándum 050/15 de 3 de junio de 2015, Andrea Beatriz Villar Martínez como Secretaria Municipal de Desarrollo Administrativo y Financiero del Gobierno Autónomo Municipal de Trinidad, en base al proceso de transición y consiguiente posesión de los servidores públicos que coadyuvaron en las labores de la nueva administración al constatarse que la accionante gozaba de baja pre natal y siendo necesaria su participación en este proceso como Directora del Sistema de Administración de Personal solicitó su reincorporación a partir del 5 del aludido mes y año (fs. 39).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a) De la abstracción del principio de subsidiariedad e inmediatez
- gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante
- el indicado precepto constitucional, es extensible a los progenitores
- el DS 0012 de 19 de febrero de 2009, dispone en sus arts. 1 y 2, la inamovilidad de la madre y el padre progenitores que presten funciones en el sector público o privado hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad, no pudiendo ser despedidos, afectarse su nivel salarial ni su ubicación en su puesto de trabajo
- Los derechos reconocidos a favor de
- el derecho de toda persona al ser y a la existencia, siendo su característica esencial la base para el ejercicio de los demás derechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo