SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
a)
La parte accionante, a tiempo de ratificar lo expuesto en la demanda de acción de libertad, en audiencia enfatizó en la existencia de una serie de irregularidades como: a) El Acta de Constancia de lectura de derechos de persona aprehendida y el llenado de la papeleta de aprehensión, se efectuaron a la misma horas 9:30; b) La Resolución de aprehensión fue expedida por el Fiscal de Materia el 16 de febrero de 2016; entonces, no se puede alegar que al momento de la aprehensión no se contaba con este actuado; c) Ocho días antes de la aprehensión, fue presentado escrito, indicando encontrarse sorprendidos porque a su defendido se lo quiere involucrar en un hecho delictivo, quien si se apersonó para colaborar con la investigación, acreditando contar con domicilio, trabajo y no como se pretende hacer ver que se encontraba oculto y que existiría riesgo de fuga y peligro de obstaculización sobre la influencia a los testigos, y, d) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional, una vez denunciadas las irregularidades, no es necesaria la interposición del recurso de apelación para formular la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la ilegalidad de la aprehensión y la medida cautelar de detención preventiva
- III.3. Del señalamiento de audiencia cautelar
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo