SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2016-S1

Fecha: 09-May-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Al tener residencia en la República de Chile y tomando conocimiento de la existencia del instituto oncológico de primer nivel en Santiago de Chile como es la Fundación Arturo López Pérez, mediante amigos hizo llegar la documentación para análisis por los oncólogos de dicha Fundación, siendo su protocolo completamente diferente al propuesto en el Estado Plurinacional de Bolivia, tomó la decisión de seguir el procedimiento planteado por esa Fundación.

Solicitó al Tribunal de Sentencia Penal Sexto del departamento de La Paz, le otorgue salida médica del país y se suspenda temporalmente el arraigo con la finalidad de someterse al tratamiento en la Fundación Arturo López Pérez, de mejor calidad y de menor costo que en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Las autoridades demandadas le negaron la posibilidad de acceder a ese tratamiento para preservar su vida, amparados en que la documentación presentada no es suficiente para establecer su estado de salud y que la fotocopia de la “hora” médica no fue idónea, violando su derecho a decidir sobre su salud y elegir dónde quiere ser tratado, argumentando además, que los profesionales médicos en el país y los procedimientos establecidos son igual de efectivos que los que puede recibir en la República de Chile, decidiendo el lugar dónde debe ser atendido y con que médicos, tratamiento, tiempos y costos que debe asumir respecto a su salud.