SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2016-S3

Fecha: 09-May-2016

1)

Ante la petición de complementación y enmienda por parte de las accionantes el Tribunal de garantías mencionó que: 1) En esa vía no puede modificarse el fondo de la sentencia, pudiendo ese Tribunal analizar no solamente lo peticionado por las partes sino también verificar los requisitos de procedencia; 2) Respecto a los recaudos de ley supuestamente entregados esta no es la vía para resolver o investigar la veracidad de lo dicho por las accionantes; y, 3) El Tribunal de garantías no fundamentó su decisión en base a la distancia existente entre el juzgado que debe remitir los actuados de la apelación y el Tribunal de alzada, puesto que solo hizo una referencia a la carga laboral y el tiempo que se tarda en remitir antecedentes.