SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2016-S3
Fecha: 09-May-2016
a)
Miriam Gina Flores Hoyos, Jueza Tercera de Sentencia Penal y de Ejecución Penal Única del departamento de Tarija, por informe presentado el 26 de enero de 2016, cursante a fs. 20 y vta., señaló que: a) El 20 de igual mes y año a horas 18:00, mediante oficio 65/2016 de 20 de enero, devolvieron a su Juzgado el proceso penal que el Ministerio Público siguió contra el ahora accionante por el delito de homicidio, que fue durante el “control de sentencia”; b) Por Resolución de 20 del mismo mes y año, la Presidencia del respectivo Tribunal Departamental de Justicia le concedió el permiso solicitado para el 21 del citado mes y año, quedando así, en suplencia legal el Juez Segundo de Sentencia Penal de igual departamento; c) El 25 del señalado mes y año, ingresó a su despacho el expediente indicado y en cumplimiento a la Resolución del Tribunal de alzada, el mismo día emitió Auto definitivo 012/2016, homologando la resolución de indulto y ordenando que se libre el correspondiente mandamiento de libertad; d) Por otra parte, el Juzgado a su cargo no cuenta con una Secretaria titular desde el 29 de noviembre de 2015; por lo que, la Oficial de Diligencias cumple una doble función, tanto para las causas de Ejecución y de Sentencia Penal; y, e) Habiendo cumplido con la homologación de la Resolución del indulto el mismo día de ingresado a despacho, por cuanto solicitó se deniegue la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- debiendo la jueza a quo, INMEDIATAMENTE de recibida la causa concluir como corresponde con dicho trámite
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- …busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas (SC 0224/2004-R de 16 de febrero) y efectivizadas (SC 0862/2005-R de 27 de julio) con la mayor celeridad
- III.2. Análisis del caso concreto
- inmediatamente
- CONFIRMAR