SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2016-S3

Fecha: 17-May-2016

se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad

De esta forma, la SC 0337/2010-R de 15 de junio, desarrolló doctrina que reconoce a la acción traslativa o de pronto despacho, concluyendo que: “…se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad" (las negrillas nos corresponden) de donde se extrae que, cuando una persona privada de libertad realiza una solicitud que esté ligada a la libertad, la autoridad judicial a cargo de la causa, deberá tramitarla a la brevedad posible, en razón a la naturaleza del derecho invocado que merece su protección inmediata sin dilaciones indebidas.