SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

1)

El accionante a través de su abogado apoderado se ratificó en el memorial de la acción de amparo constitucional y ampliándola expresó lo siguiente: 1) Emergente de un proceso ejecutivo en etapa de remate, se adjudicó el bien inmueble ubicado en calle “Arce 448 esquina Potosí” (sic), habiendo depositado el monto total del remate el “juez de Instrucción N°5 de Cochabamba” (sic), realizó la venta judicial correspondiente; posteriormente a ello hizo los trámites respectivos en DD.RR.;       2) Cuando se adjudicó el inmueble referido los demandados aún se encontraban habitando la vivienda, motivo por el que pidió se expida mandamiento de desapoderamiento, mismo que se ejecutó el 2 de diciembre de 2014, así como consta en el acta de desapoderamiento, documento que certifica que la propiedad fue entregada completamente vacía; y, 3) Entró en posesión de la vivienda y dejó sus pertenencias con el fin de remodelarla y al tener sus actividades principales en Cochabamba se ausentaron de ella, circunstancia que aprovecharon los demandados para avasallarla.