SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

a)

El accionante a tiempo de ratificar en todos sus términos el memorial que fue presentado, a través de su abogado, en audiencia señaló que: a) Tiene ocho contratos a plazo fijo que fueron firmados con el SEDECA y de acuerdo al último informe de Recursos Humanos (RR.HH.) de 9 de marzo de 2016, certificó que su persona goza de inamovilidad laboral por encontrarse amparado en la Ley 223; y, b) De acuerdo al DL 16187, prohíbe realizar más de dos contratos a plazo fijo y la institución no cumplió con aquello.