Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2016-S3
Fecha: 24-May-2016
Fragmento 3
Asimismo, el 18 del mismo mes y año, solicitó mandamiento de libertad y el Juez demandado, pidió se informe por Secretaría, siendo considerado como dilación a su solicitud expresa de libertad; sin embargo, la Secretaria tampoco cumplió con la respectiva celeridad en la emisión del informe solicitado; por lo que, a la fecha no se expidió el mandamiento de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial
- empero, establece la jurisprudencia que pueden ser demandados en los casos en los que contrarían lo dispuesto por dicha autoridad o cometieran excesos en sus funciones que pudieran vulnerar derechos fundamentales o garantías constitucionales
- CONFIRMAR