Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2016-S3
Fecha: 24-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega la vulneración de sus derechos a la libertad, a la defensa material, al debido proceso, a una justicia pronta y oportuna y al principio de celeridad; por cuanto, el Juez demandado, hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar no expidió mandamiento de libertad, pese a que cumplió con la medidas sustitutivas dispuestas mediante la Resolución 180/2015; asimismo, la Secretaria codemandada incurrió en una serie de actos dilatorios respecto de sus peticiones.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial
- empero, establece la jurisprudencia que pueden ser demandados en los casos en los que contrarían lo dispuesto por dicha autoridad o cometieran excesos en sus funciones que pudieran vulnerar derechos fundamentales o garantías constitucionales
- CONFIRMAR