SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0606/2016-S3
Fecha: 24-May-2016
Fragmento 5
Roberto Carlos Mérida Viscarra, Juez Técnico del Tribunal Décimo de Sentencia Penal del departamento de La Paz en suplencia legal de su similar Séptimo, mediante informe presentado el 28 de enero de 2016, cursante de fs. 16 a 17 vta., refirió que: a) El presente caso fue puesto a su conocimiento el 19 de igual mes y año; b) De antecedentes advirtió la presentación del registro de arraigo del ahora accionante; sin embargo, de acuerdo a la Resolución 180/2015 de 14 de diciembre, existen otras medidas sustitutivas, razón por la que, al respecto el suscrito previamente solicitó informe a la Secretaria abogada para disponer lo que en derecho corresponda; c) El 25 de enero de 2016, la señalada Secretaria emitió el informe adjuntando la documentación correspondiente a la medida sustitutiva impuesta siendo la fianza personal de dos garantes solventes; por lo que, el 26 de igual mes y año a través de decreto refirió “Se tiene presente el informe que antecede, debiendo en consecuencia librarse el correspondiente mandamiento de libertad provisional; sin embargo en fecha 27/01/2016 fui notificado con la presente Acción de Libertad interpuesta en mi contra y de la Secretaria abogada…” (sic); y, d) Al no haberse vulnerado ningún derecho ni garantía constitucional del accionante, solicitó se deniegue la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- salvo que incurrieran en excesos contrariando o alterando esas determinaciones de la autoridad judicial
- empero, establece la jurisprudencia que pueden ser demandados en los casos en los que contrarían lo dispuesto por dicha autoridad o cometieran excesos en sus funciones que pudieran vulnerar derechos fundamentales o garantías constitucionales
- CONFIRMAR