SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0609/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante a través de su abogado, ratificó en su integridad los fundamentos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional enfatizando que la accionante no ha sido notificada con un proceso administrativo que justifique el título del memorándum donde se señala destitución por retiro justificado; en este sentido se aparejó a la presente acción de defensa sentencias constitucionales emitidas por el distrito judicial de El Alto, asimismo sentencias constitucionales emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, cuyas decisiones son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, por lo que cita la “sentencia constitucional 138/12” que en su parte dispositiva señala que ante una negativa por parte del empleador al cumplimiento de la reincorporación, se abre la posibilidad para plantear la acción de amparo constitucional; en consecuencia, por todos los extremos expuestos solicita se dé cumplimiento a la reincorporación inmediata de la accionante conforme a la conminatoria de la Jefatura Regional de Trabajo, Empleo y Previsión Social, así como al pago de los sueldos devengados y el “bono 6 de marzo”.