SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0640/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

denegando

El Tribunal Décimo Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de Garantías, pronunció la Resolución 01/2015 de 25 mayo, cursante de fs. 63 a 67, “denegando” la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) El accionante interpuso el recurso constitucional de acción de libertad, cuando se encuentra sometido a una investigación que tiene un director funcional como es el Fiscal de Materia; asimismo, tiene un control jurisdiccional como es el juez de instrucción en lo penal, teniendo el accionante que recurrir ante ellos cuando sus derechos se encuentren vulnerados, siendo el juez de instrucción en lo penal la autoridad reparadora, eficaz en forma pronta, dentro de la problemática oportuna y eficaz; ii) El accionante tenía que agotar todos los medios y recursos que la ley franquea ante el control jurisdiccional y si sus peticiones no son atendidas, recurrir ante el Consejo de la Magistratura o al Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción; es decir, haciendo valer todas las instancias ordinarias; y, iii) Por los argumentos expuestos se llega a determinar que Mario Horacio Gil Sosa se encuentra sometido a una investigación, en la que no está desamparado porque las normas procesales ordinarias le garantizan un debido proceso, según lo establecido por los arts. 5 y 84 del CPP, que establecen la calidad y los derechos que tiene el imputado; asimismo, el art. 6 de la misma norma, expresa que toda persona es inocente hasta que no se demuestre lo contrario en sentencia ejecutoriada.