Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0134/2016-CA
Fecha: 10-Jun-2016
Fragmento 6
En el caso en análisis el “Club de Tenis Cochabamba”, a través de su representante, demanda la inconstitucionalidad del art. 11.I.1 del Decreto Municipal 001/2013, pronunciada por el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, por ser presuntamente contrario a los arts. 323.II y 410.II de la CPE.
- Director Ejecutivo General a.i
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 6
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR