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    AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2016-RCA

    Fecha: 06-Jun-2016

    II.1. Marco normativo constitucional

    El art. 128 de la CPE, establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • Ante la Inminente quiebra por parte de la UNIDAD PRODUCTIVA AGRÍCOLA BERMEJO por problemas en la zafra 2013, 2014 y 2015 (…) y en estricta aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley 20127 ‘Estatuto del Funcionario Público’, (…) comunico a Usted su RETIRO DE LA UPAB COFADENA POR SUPRESIÓN DE CARGO, debiendo en el plazo de 30 días realizar la entrega de los activos y documentación del cargo
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedente
    • I.
    • II.1. Marco normativo constitucional
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así
    • “…RETIRO DE LA UPAB-COFADENA POR SUPRESIÓN DE CARGO
    • CONFIRMAR

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