AUTO CONSTITUCIONAL 0189/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0189/2016-RCA

Fecha: 24-Jun-2016

rechazó

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 176/2016 de 13 de junio, cursante de fs. 397 a 400, rechazó la acción de amparo constitucional, bajo el fundamento de que el accionante no cumplió a cabalidad con lo previsto en el art. 53.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo), puesto que no agotó las vías legales que la ley franquea, inobservando el principio de subsidiariedad.

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 176/2016 de 13 de junio, cursante de fs. 397 a 400, declaró el rechazo de la acción de amparo constitucional, bajo el fundamento de que el accionante no agotó las vías legales que la ley le franquea, circunstancia que se adecua a la causal de improcedencia reglada y prevista en el     art. 53.3 del CPCo, inobservando consiguientemente, el principio de subsidiariedad.