AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0198/2016-RCA

Fecha: 24-Jun-2016

1)

El accionante mediante su representante legal, manifestó que: 1) Se cumplieron los requisitos previstos en el art. 33 del CPCo; 2) Dentro del proceso de fiscalización se emitió la Resolución Determinativa 00405/2014 de 29 de julio de 2014, que no pudo ser impugnada por no haber sido notificada legalmente; 3) Interesado en el avance del trámite solicitó copias del expediente pero no se las dieron extremo que no le es atribuible; 4) Como consecuencia de la comunicación recibida del Banco Ganadero el 10 de noviembre de 2015, respecto a la concreción de una retención de fondos aplicada por la Administración aduanera, adquirió conocimiento  de la retención de fondos debido al PIET SIN/GDLPZ/DICC/VCC/PIET/201420102793 derivado de la citada Resolución Determinativa calificada como firme o ejecutoriada por el SIN dada la falta de impugnación; y, 5) El plazo de seis meses debe computarse desde el 10 de noviembre de 2015, que es la fecha en la que tomó conocimiento de lo obrado por la administración tributaria.