SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2016

II.1.

II.1.    Memorándums DCH-A/283/12 de 2 de mayo de 2012 y DCH-2RG/0 653/13 de 1 de marzo de 2013, de asignación y reasignación de funciones respectivamente, que acreditan que: i) Susy Marca Quispe –ahora accionante–, comenzó a trabajar en el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz desde el 2 de mayo de 2012 hasta que por memorándum de preaviso DTH-RCTB/PRV/009/16 de 21 de enero de 2016, el entonces Director de Talento Humano a.i. de dicho Gobierno Autónomo Municipal le comunicó que en base al art. 12 de la LGT;        DS 6813 de 3 de julio de 1964; DS 28699 de 1 de mayo de 2009; y, la “RAMMS 002/15”, a partir del 21 de abril de 2016, se prescindiría de sus servicios (fs. 9 a 11); y, ii) Eleuteria Isabel Mamani Ávila –hoy accionante–, empezó a trabajar en el citado Gobierno Autónomo Municipal desde el 9 de octubre de 2012 hasta que por memorándum de preaviso DTH-RCTB/PRV/0082/16 de 22 de abril de 2016, el Director de Talento Humano del señalado Gobierno Autónomo Municipal le comunicó que en base a la ya descrita normativa, a partir del 22 de julio de 2016, se prescindiría de sus servicios (fs. 35 y 37).