SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2016-S3

Fecha: 07-Jun-2016

concedió

La Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 04/2016 de 18 de febrero, cursante de fs. 157 a 159 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada dé una respuesta pronta y oportuna a la renuncia formulada por la hoy accionante, en el plazo de tres días, en mérito a los siguientes argumentos: 1) Se observó negligencia de la parte demandada, ya que no existe respuesta, clara y oportuna; por cuanto, los informes emitidos fueron dirigidos a autoridades internas del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; por ende, no cursa en obrados respuesta alguna dirigida a la accionante en la que explique el motivo por el cual no aceptan su renuncia; y, 2) Se debe considerar “…que la documentación señalada ha sido fundamento para no efectivizar el pago de salarios por el mes de agosto y duodécimas del mes de septiembre…” (sic).