SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2016-S1

Fecha: 15-Jun-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refieren que Rider Estefan Escalante Roa, instauró proceso laboral en su contra por pago de beneficios sociales, que fue declarada probada en parte mediante Sentencia 19/14 de 12 de noviembre, pronunciada por el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Montero; la cual fue elevada en apelación a la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, confirmándose la misma, mediante Auto de Vista 168 de 4 de mayo de 2015.

Las autoridades demandadas pronunciaron el Auto de Vista indicado, sin ninguna motivación y congruencia entre la parte considerativa y dispositiva, omitiendo cumplir con el requisito indispensable de citar la ley que fundamenta la resolución, al no haber tomado en cuenta los agravios reclamados en su oportunidad.

Asimismo, señalaron que la notificación con el Auto de Vista 168/2015, se practicó de forma conjunta a sus personas, en una sola diligencia, debiendo ser realizado de manera individual, es decir, a cada uno de los demandados, a efectos de computarse los plazos procesales y no comunes a las partes, extremo que constituye en nulidad absoluta que debió ser observada por las autoridades demandadas máxime si se trata de obligaciones pecuniarias.

En el Auto de 30 de octubre del referido año, se estableció que hubo negligencia de su parte, al no señalar domicilio procesal; empero, cursa en obrados certificado de defunción por el cual hicieron conocer que su abogado patrocinante falleció quedándose sin defensa técnica para proseguir con los actos procesales, razón por la  cual fijaron nuevo domicilio.