SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2016-S1

Fecha: 15-Jun-2016

II.5.

II.5.    El 29 de septiembre de 2015, Julio Cesar Paredes Ortiz y Gabriela Aguilera Sarmiento, interpusieron recurso de casación argumentado que: 1) No fueron notificados personalmente con el Auto de Vista 168/2015; 2) La diligencia en tablero no correspondía porque le notificaron de acuerdo al Código Procesal Civil que recién entraría en vigencia el 2016; y, 3) Reiteró que no tomaron en cuenta el contenido de su apelación debido a que el despido del trabajador se encuentra enmarcado en las causales de despido sin derecho a indemnización previsto en el art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT) (fs. 180 a 181 vta.)